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COMUNICADO: EMERGENCIA TURISTICA EN LA CIUDAD DE SALTA

La Municipalidad de Salta a través del decreto N°0336 publicado en el boletín oficial reglamentó la Ordenanza 15.854 que declara hasta el 31 de diciembre de 2021, la Emergencia Turística en la ciudad.


Durante este período de tiempo prevé beneficios impositivos para hoteles, gastronómicos, agencias de viajes, prestadores de turismo alternativo y guías de turismo, entre otros actores del sector.


Los contribuyentes del sector turístico interesados en acogerse a los beneficios de la Emergencia Turística deben solicitarlo a través del formulario que se podrá descargar de la página web https://saltaciudad.travel/emergencia-turistica


La documentación, podrá ser presentada de forma física en el horario de 8 a 20 en Caseros 711 o vía correo electrónico a la dirección emergenciaturistica@municipalidadsalta.gob.ar. debiendo adjuntarse al mismo la correspondiente petición formal que se encuentra en el Anexo I. Esta dirección de e-mail servirá también para las consultas sobre los trámites.


A partir de este 12 de Agosto y hasta el 31 de diciembre, el sector turístico puede adherirse a los beneficios de la mencionada Ordenanza.




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